Suplementos alimenticios
De acuerdo a la ley general de salud en el artículo 215, fracción V, los suplementos son productos a base de hierbas, extractos vegetales, alimentos tradicionales, deshidratados o concentrados de frutas, adicionados o no, de vitaminas o minerales, que se puedan presentar en forma farmacéutica y cuya finalidad de uso sea incrementar la ingesta dietética total, complementarla o suplir algún componente.
Las formas farmacéuticas aceptadas son aquellas que se ingieren por vía oral como: cápsula, emulsión, suspensión, jarabe, polvo, soluciones y tabletas, entre otras contempladas en la Farmacopea de los Estados Unidos Mexicanos. No se permiten formas propias de otras categorías de productos como: confitería (caramelos, paletas, chicles), parches, solución inyectable, entre otras.
Así mismo el sitio de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, COFEPRIS, comenta que la función de estos productos es incrementar, complementar o suplir alguno de los componentes que adquirimos a través de la dieta es decir, de los alimentos y platillos que ingerimos a diario; pues algunas personas no obtienen en su alimentación todos los nutrimentos que necesitan y por ello recurren a los suplementos alimenticos, para complementar su alimentación.
¿Qué precauciones puedo tener al tomar suplementos?
La FDA* en su sitio web informa algunos consejos para ser un consumidor seguro e informado:
Recuerde siempre tomar la decisión con un profesional de la salud y añadir hábitos adecuados de vida.